jueves, 11 de julio de 2013

Decreto Supremo N° 002-2013-TR Aprueba la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo



Escribe: Luis Fernando Ojeda Guillén
 
Mediante Ley N° 29783, publicada el 20 de agosto de 2011, se aprobó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo objetivo es promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Dicha norma es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada, del sector público y   trabajadores por cuenta propia.

En el artículo 10° de la citada Ley N° 29783 se creó el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación de materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita (Estado, empleadores y trabajadores) y adscrita al sector trabajo y promoción del empleo, estableciéndose dentro de sus funciones la de formular y aprobar la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y efectuar el seguimiento de su aplicación.

De tal manera que en la Séptima Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, celebrada el 11 de abril de 2013, se aprobó por consenso la Política Nacional Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual figura en el Decreto Supremo N° 002-2013-TR publicado el 02 de mayo de 2013. Esta norma se constituye en el principal instrumento para la generación de una cultura de prevención de riesgos laborales en el Perú y establece el objetivo, los principios y los ejes de acción del Estado, con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores.

De los términos de la norma bajo comentario se desprende que la intención fundamental es la de desarrollar un marco normativo integral, en el que participen los diferentes estamentos laborales: empleadores y trabajadores, a través del cual se desarrollen las medidas que se deben adoptar a fin de promover una adecuada protección en el trabajo.

El Decreto Supremo materia de comentario resulta importante, en la medida que se incluyen las políticas de seguridad y salud en el trabajo como un tema de preocupación nacional y que es merecedora de atención no sólo del Estado, como ente encargado de dictar normas, sino que involucra a los directamente interesados, como son los empleadores y los trabajadores, para que de manera consensuada se implementen los procedimientos necesarios a fin de adoptar medidas a favor de la cultura de prevención.

La norma bajo comentario, finalmente propone seis Ejes de Acción, para implementar adecuadamente la Política Nacional Seguridad y Salud en el Trabajo, a través del Marco Normativo, la Información, el Cumplimiento, Fortalecimiento de Capacidades, Protección Social y Fomento del Diálogo Social.


No hay comentarios: